Resulta que un buen día desbloqueaste un logro de la vida adulta: obtuviste tu FIEL; y cuando te sentías el más poderoso y conocedor del mundo fiscal y contable, tan sólo cuatro añitos después, tu e.Firma -como también se le conoce-, vence.

¿Tanto show para terminar así? *Cries in adulto*. No sufras, para eso nos pintamos solos: si éste es tu caso, o lo será próximamente, ¡aquí te explicamos qué tienes que hacer para renovarla!

Antes que todo, recordemos por qué es tan pero tan importante tenerla; es una herramienta para comprobar tu identidad digitalmente ante el SAT. Como ya te imaginarás por su otro nombre, e.Firma, funciona para firmar y cerrar tus trámites, consultas y demás servicios dentro de la plataforma de manera rápida, segura y fácil. Hasta dan ganas de tenerla, ¿verdad? Es importante resaltar que su vigencia es de cuatro años, por lo que una vez cumplido este plazo debes renovar tu certificado o, de lo contrario, éste caduca y deja de ser útil para cualquier función en la plataforma.

La FIEL se compone de dos archivos:

  1. Un certificado que es como tu tarjeta de identidad y contiene información como tu nombre y RFC. Pa’ que lo ubiques, es un archivo terminado en “.Cer”.
  • Una llave privada que está protegida por una contraseña y asegura que sólo tú puedes usar tu FIEL para firmar. Con esta llave firmas electrónicamente. Ésta es un archivo que termina en “.key”.

Después de esta información que cura, vámonos a lo fuerte. Para este proceso de renovación tu FIEL debe estar vencida, pero tampoco te pases, ¿eh? No debe tener más de un año así.

¡Manos a la obra! Antes de iniciar necesitas tener a la mano tu INE -o IFE para la old school– escaneada, ya que deberás cargar este documento. Además, necesitas un correo electrónico, y es indispensable que el dispositivo desde el que haces el trámite pueda grabar video, ya que en uno de los pasos tendrás que grabar un pequeño video menor a diez segundos. No te preocupes, no te van a subir a Tiktok, es para identificarte -pero estaría padre, ¿no?-.

  1. Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Chat o mensaje de texto

Descripción generada automáticamenteIngresa al portal https://satid.sat.gob.mx/, selecciona la opción “Renovación de e.Firma”:

Con esto, te aparecerán los pasos a seguir para completar tu trámite, sólo debes picarle al botón “Comenzar” y luego aceptar los términos y condiciones:

  • Ingresa tu RFC y correo electrónico personal -el celular como medio de contacto es opcional-
  • Carga el archivo con tu INE/IFE escaneada.
  • Graba un pequeño video iniciando la grabación, leyendo la frase que te aparecerá en pantalla y, finalmente, firmando la solicitud.

Listo, primer paso: completo Badge Tick1 con relleno sólido.

Ahora, dentro de un lapso de 5 a 10 días hábiles, el SAT te enviará un correo de confirmación, con especificaciones para continuar con tu trámite indicando los pasos siguientes.

2. Una vez recibido el correo, puedes iniciar con la renovación, para lo cual es necesario descargar el programa “Certifica”: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/certifica/ -por lo general, la opción de 32 bits es la más común-. Debes instalar este programa en tu equipo y ejecutar.

Ahora abre el programa y selecciona la opción “Requerimiento de Renovación de Firma Electrónica” y sigue los pasos:

  • Ingresa tu RFC y correo electrónico personal.
  • Establece la contraseña de tu nueva FIEL.
  • Guarda los archivos de la solicitud.

Esto te arrojará un archivo con terminación “.key” y otro con terminación “.Req”, mismo que servirá para el último paso del proceso -¡yey!, ya estás cerquita de lograrlo-.

3. Para este último paso debes ingresar al link https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/certisat/; para acceder tienes que usar tu certificado vencido. Ya que estés dentro de la aplicación, selecciona la opción “Renovación del certificado con SAT ID”:

  • Ahora debes cargar tu archivo con terminación “.Req” (el que generaste en el paso 2). 
  • Envía el requerimiento. Al hacerlo, te recomendamos descargar el acuse de envío de la solicitud, mismo que te arrojará de forma inmediata.

¡Con esto obtienes tu certificado renovado!

Para descargarlo, regresa al mismo link (https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/certisat/) y selecciona la opción “Recuperación de Certificados”. Cuando hayas ingresado, confirma tu RFC para poder ver tus certificados tanto vigentes como caducos.

Ahora sí, selecciona el certificado que coincida con la fecha de tu trámite (este mero que acabas de hacer) y descarga el archivo con terminación “.Cer”.

Finalmente, sólo espera un periodo de entre 24 y 72 horas y ¡voila! -o “vualá” como decimos en México-: ¡ya puedes utilizar tu nuevo certificado!

No olvides que estos archivos y datos son completamente confidenciales, por lo que te aconsejamos tener toda esta información en una misma carpeta y, obviamente, crear un respaldo.

Con tu FIEL renovada podrás hacer uso de toditas las herramientas, trámites y servicios que la plataforma del SAT pone a tu -y nuestra- disposición. Estarás imparable *ovación de pie*. Recuerda que si tienes más dudas sobre este complejo mundo adulto que es el SAT, o todo lo que gira alrededor de él, podemos ayudarte, ¡contáctanos!

Mi Primer Contador

Hoy en día somos cada vez más los que queremos entrarle al tema del emprendimiento. Pero ser la cabeza de una empresa implica, con el tiempo, integrar y conformar un equipo, y es ahí donde en ocasiones dejamos de lado aspectos ultra importantes, como tener una buena cultura organizacional. Si aún no sabes muy bien de qué te hablamos, ¡necesitas leer esto urgentemente!

Para irnos paso a pasito, es importante aclarar, ¿qué es la cultura organizacional?, ¿cómo se define?, y ¿cómo es la cultura organizacional de tu empresa? Tranqui que aquí somos expertos y nos fascina este tema. Te respondemos todo esto con lujo de detalles.

Iniciemos con que la cultura organizacional consiste en extraer el núcleo de la empresa; en otras palabras, la psicología de la organización… Ni idea aún ¿verdad? ¡No te preocupes! Ahí te va la versión desmenuzada: comienza desde los valores que rigen a tu empresa, su filosofía, visión, misión, hasta las cuestiones más cotidianas de la forma de trabajo como las relaciones entre los miembros de tu equipo, sus opiniones, el feedforward (no feedback, aquí nomás miramos para adelante) tanto hacia los compañeros como hacia la misma empresa.

El definir la cultura empresarial implica tomar en cuenta varios factores y al mismo tiempo tener la capacidad de unificarlos para poder ver el panorama completo.

Y tú, ¿sabes cómo es la cultura organizacional de tu empresa? Por si aún no la has identificado, te damos algunos tips para que puedas ir trabajando en ello:

  1. Filosofía: en este punto, debes preguntarte, ¿cuál es el sentido de tu empresa?, ¿cuál es el impacto que buscas más allá de las paredes que envuelven el espacio de trabajo?, o por decirlo más poético, ¿cuál es su esencia? ¡Importantísimo! Si aún no tienes clara esta idea, puede que tus objetivos no se encuentren del todo definidos. Aguas, ¡porque esto puede desviar el crecimiento del equipo y de la empresa como tal!
  • Valores: y no hablamos únicamente de los de la empresa. Aquí cuestiónate, ¿con qué valores debe contar la gente que forma parte de tu equipo?, ¿qué valores te representan?, ¿cuáles son los que quiero transmitir a mis clientes?, ¿qué valores les unen a quienes ahí colaboran?
  • Creencias: aquí no hablamos de un tema religioso, ojo. Pese a que suelen ser algo positivo, todo debe tener un balance cuando tratas con personas que no comparten las tuyas, o de lo contrario pueden limitar o entorpecer tu proceso de crecimiento y aprendizaje. Recuerda que como el gran líder que sabemos que eres, debes tener apertura a escuchar posturas diferentes y saber negociar con la contraparte. Entonces, ¿cómo transmites tus creencias?, ¿en qué cree tu equipo?
  • ADN: así como en los seres humanos se trata de la información que define, en las empresas es la información que deseas (o más bien, necesitas) que todos tengan; es decir, esas características, cualidades e ideales con que deben contar tus colaboradores. ¿Qué es indispensable que cada miembro del equipo tenga, en cuanto a esto?
  • Lo que les mueve: ¡aquí viene lo bueno! ¿Qué te mueve? Hablamos de aquello que te hace despertarte día con día para querer dar lo mejor de ti aun cuando la cosa se pone complicada.

Estos cinco puntos sin duda serán un parteaguas para comenzar a poner sobre la mesa y analizar cuál es la cultura organizacional de tu empresa, y si descubres que hay algo que restructurar, ¡¡adelante!!, no dudes en hacerlo, pues no sólo se trata de que suena muy bonito, sino que te permitirá, entre otras cosas, tener metas y objetivos conjuntos bien definidos, contar con una visión clara de hacia dónde quieres llegar y qué acciones tienes que implementar para lograrlo, al igual que eficientizar los procesos internos y tener una comunicación asertiva y eficaz entre todos los integrantes. En otras palabras, que todos jalen pa’l mismo lado, motivados, conscientes y comprometidos con la causa.

Para nada subestimes estas acciones. Por si fuera poco, te permitirán tener mayor fluidez al momento de comunicar las actividades de cada persona del equipo, así como impulsar la colaboración y el apoyo ante dudas y nuevos retos que se puedan presentar.

Lo que te queremos decir, como gente que emprendió y ahora expertos en estos temas, es: ¡no tengas miedo de cambiar para bien! Voltea a ver toda tu estructura; a veces las mejoras comienzan moviendo los ladrillos más grandes, sin importar que se puedan caer.

Ahora ya no hay pretextos para echar a andar tu empresa con una cultura organizacional de diez y gozar de todos los beneficios que esto implica. ¡Si te quedan más dudas contáctanos y nosotros te asesoramos!

Mi Primer Contador

¿Alguna vez has escuchado del Ikigai? Esta palabra medio rara, medio otaku, es el factor que puede estar haciéndote falta para darle un rumbo más concreto a tus planes de vida, sentirte motivado y alcanzar tus metas lo cual se verá reflejado automáticamente en cómo manejas tus proyectos, negocios o empresas, en caso de tener o desear tener una (o varias).

Esto es como cuando viajas en avión y te indican qué hacer en caso de necesitar la máscara de oxígeno: primero debes ayudarte a ti mismo, para poder ayudar a los demás. Así que vamos por partes…

¿Qué es el Ikigai? Aquí te ponemos en contexto: este concepto proviene de la cultura japonesa, ésa que todos admiramos por su organización y éxito, ¿verdad que sí? Bueno, esto se puede traducir como “razón de ser” y se relaciona con una motivación, con tener un objetivo clarísimo. Para que nos entiendas, es ese motivo por el cual levantarte cada mañana (o tarde, no juzgamos las horas de sueño). Viene de las ganas de vivir de la gente nipona; en este país las personas viven más años que el promedio, así que no tenemos dudas de que su método funciona, pues el Ikigai es justo uno de los factores que les alientan a querer vivir más.

El punto es identificar en qué eres un crack, qué amas hacer realmente, cómo todo esto se acopla con lo que el mundo necesita y, obvio, cómo puedes generar ingresos con ello. Si ahora estás pensando “no lo sé, Rick, parece muy complicado combinar todo esto”, donde aquello que amas hacer y en lo que eres bueno es algo útil para la sociedad, y además te da dinero, lo sabemos, tal vez suena incluso utópico, pero te juramos que es posible encontrarlo. Además, imagínate el sentimiento de triunfador que te vas a cargar: ¡tu autoestima crece, pues le encuentras una justificación a tu existencia! Nos encanta esta parte.

Por el contrario, ¿te ha pasado que tu panorama se nubla y no tienes muy (o nada) claro qué quieres hacer de tu vida?, esto suele ocurrir cuando tus acciones no se alinean con tu razón de ser. Pero recuerda que aún hay mucho camino por recorrer, estás a tiempo de redireccionar y unificar tu vida con tu carrera profesional… acuérdate que los 40’s son los nuevos 30’s, éstos son los nuevos 20’s, y así (¡y no lo decimos nomás para echarte porras!).

Para esto, te dejamos unas preguntas que te pueden ayudar en esta misión, lanzando una mirada al presente, pasado y futuro:

  1. ¿Qué actividades te gusta realizar?: Ya sea llevándolas a cabo con mucha o poca gente, en equipo o solo; también toma en cuenta sobre qué temática (tipo tecnología, sociales, política, deportes, etcétera).
  2. ¿Qué disfrutabas hacer en tu infancia?: Ésta nos permite voltear a ver a cuando éramos pequeños, para recordar pasiones que teníamos ocultas y ni sabíamos, como las artes, el liderazgo, los números, y tal.
  3. ¿Qué quiero hacer en mi futuro?: Por último hay que ser súper sinceros con nosotros mismos quitándonos prejuicios y culpas del pasado, empezando a considerar lo que hemos vivido como aprendizajes y situaciones que nos trajeron hasta aquí. No importa si cambiamos el camino, el chiste es por fin encaminarnos a donde realmente nos vemos el día de mañana.

A pesar de ser el mismo concepto, es impresionante cómo el Ikigai es tan diferente para cada persona, adoptando un significado y valor totalmente distinto. Utilizarlo como filosofía de vida te llevará a sentirte motivado y a ver la vida con otros ojos; pero aplicarlo también como filosofía dentro de tu empresa, te permitirá conocer e impulsar las pasiones, motivaciones y sueños de tus colaboradores.

Afortunadamente muchas cosas han cambiado en las relaciones jerárquicas dentro de las empresas. ¿Ubicas la dualidad jefe-líder? Entonces sé un líder, impulsa a tus colaboradores a lograr sus metas, ¡te prometemos que tendrás gente más motivada, feliz y productiva, lo cual se reflejará en el ambiente interno y se proyectará hacia afuera!

Si bien la finalidad del Ikigai no es la felicidad como tal, ten por seguro que es una consecuencia inmediata. Ahora sí, ¿estás listo para encontrar tu Ikigai?

Si tienes más dudas sobre motivación para concretar tu proyecto, ya sea personal o de tus colaboradores, contáctanos. Con gusto te apoyamos.

Mi Primer Contador

A lo largo de los más de 10 años de experiencia que tenemos (si acabamos de cumplir 10 años como empresa y estamos muy contentos) nos hemos dado cuenta y hemos podido validar en primer lugar, que la pasión es lo más importante para poder lograr plenitud en cualquier trabajo o proyecto.

Y, en segundo lugar, ¡que en la contabilidad no es la excepción! Pero, ¿qué tiene que ver esto? Si tu como emprendedor, empresario o profesionista estás buscando al mejor contador para ti, que te ayude con total disposición, te apoyé con tus temas contables y fiscales, y no logras definir cuál es la mejor opción, ¡quédate con quien te trasmita pasión por lo que hace! Gusto y amor al arte de manera natural y transparente.

Definitivamente son muchas las cualidades que el mejor contador debe tener. Debe tener bastante conocimiento, claro, debe conocer el SAT y cómo funcionan perfectamente bien las leyes, por supuesto, debe entender los impuestos y en qué casos aplican cuáles, es una necesidad, pero sobre todo debe poder explicarte en tus palabras y en tu contexto cómo funciona tus números, tú contabilidad, qué escenarios tienes y cuáles son los mejores caminos acorde a tus objetivos y necesidades. ¿Y sabes quién logra esto? Así es, el contador apasionado por lo que hace.

Así que si a partir de ahora, estás en búsqueda de un contador no sólo que haga tu contabilidad, sino que te resuelva, te planteé opciones, te explique (y por supuesto, le entiendas), sume en las decisiones de tu negocio y se vuelva tu aliado en el crecimiento y proyección de tu proyecto o empresa, al tiempo que te atiende con total cordialidad y amabilidad en cada interacción con él, ya tienes la clave. Busca a ese contador que te refleje y te transmita a cada momento total seguridad y confianza de que lo que está haciendo es lo que más le gusta en la vida. ¡Y si tienes dudas, pregúntale! Es importantísimo que estés seguro qué disfruta y se sienta realizado con lo que hace. Porque si eso vive y eso transmite, puedes tener la seguridad que hará todo lo que esté en sus manos para siempre ayudarte.

Pregúntanos, nos sentimos muy felices y listos para ayudarte!

Mi Primer Contador

Uno de los elementos clave que debemos de cuidar es la manera en la que efectuamos los gastos, ya que como lo hemos escuchado, existen requisitos que se deben cumplir para que estos sí cuenten como deducibles.

En este sentido, las compras que realizamos pero que son pagadas a nombre de terceros, no son la excepción, por ejemplo: 

En este sentido, las compras que realizamos pero que son pagadas a nombre de terceros, no son la excepción, por ejemplo: 

1) Necesitas comprar algo con tarjeta de crédito pero no cuentas con una y alguien más te la va a prestar.

 2) No tienes el dinero suficiente al momento de la compra y otra persona te hará favor de pagarlo.

 3) Tienes la necesidad de hacer un gasto para tu empresa, pero tendrás que utilizar tu tarjeta personal.

Suena familiar, ¿no?. Es por eso que a continuación, les platicaremos acerca de los requisitos que se deben de cumplir para que un gasto pagado por una tercera persona sí sea deducible para quien recibe la factura.

En primer lugar, el pago a nombre de terceros es la acción de pagar un gasto y pedir la factura a nombre de alguien más, un tercero, no importando sea persona o empresa. Está dinámica cada vez es más común, sobre todo en las personas morales (empresas), ya que el uso de tarjetas de crédito y pagos en línea son más constantes y no siempre se cuenta con ellas a nombre del contribuyente, es decir, de la persona o empresa que hará deducible el gasto. En estos casos, normalmente alguno de los socios o persona cercana de confianza, presta su tarjeta para efectuar la compra o el gasto, suponiendo que ya perdió la posibilidad de deducirlo y en la mayoría de los casos, ya ni piden la factura, aun cuando podría si lograrse el beneficio.

Entonces, ¿Qué debo considerar para que este tipo de prácticas si jueguen a mi favor?

Estos son los lineamientos a seguir:

1) Que la factura venga dirigida al RFC del contribuyente que va a hacer deducible el gasto, no de quien lo pagó (o prestó la tarjeta de crédito).

2) Que en caso de ser efectuada la compra o el gasto en efectivo, no supere los 2 mil pesos si es persona física con actividad empresarial o persona moral, o 5 mil pesos si es RIF (Persona en el Régimen de Incorporación Fiscal). Recuerden que la gasolina es el único gasto que no podrá ser efectuado en efectivo, a menos que seas RIF y no superes los 2 mil pesos mensuales.

3) Que cuando se supere los límites para efectuar pagos en efectivo, estos sean pagados por un medio electrónico, es decir tarjetas de crédito o débito, transferencias, monederos electrónicos y/o cheques.

4) Que al momento de reembolsar el gasto al tercero que pagó la factura (en otras palabras, cuando le paguemos a quien nos prestó el dinero o la tarjeta para la compra o el gasto) se le reembolse la cantidad exacta por medio de transferencia electrónica directo a la cuenta o tarjeta de la cual se hizo el pago. Importante: debe ser la misma cuenta y/o tarjeta de dónde salió el pago, o en su defecto, si fuera otra cuenta o tarjeta, que también esté a nombre de quien lo efectuó.

Como dato adicional, esta práctica no sólo disminuirá utilidades sino también, en caso de que lleven IVA, podrá ser considerado acreditable contra tus IVAs cobrados.

Si se fijan, realmente el procedimiento y los requisitos para poder lograr la deducibilidad en estos casos son muy sencillos, por lo que los invitamos a que a partir de ahora, si necesitan hacer uso de esta práctica por la razón que sea, si pidan la factura y aprovechen el gasto.

Esperamos esta información sea de mucha ayuda, cualquier duda adicional, quedamos al pendiente y con gusto la resolveremos.

Mi Primer Contador.

A principios de este año 2020, entró en funcionamiento una nueva disposición fiscal que ha generado mucho revuelo.

Se agregó la fracción IV del artículo 1-A de la ley del IVA, en la que se establece una nueva retención del 6% de este impuesto para algunos contribuyentes. Aquí les explicamos de qué se trata.

Dicho artículo menciona lo siguiente:

Artículo 1-A, LIVA: “Están obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

… IV. Sean personas morales o personas físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada a éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no baja la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual. En este caso la retención se hará por el 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.” 

Existen muchas incongruencias y diferentes opiniones ante esta nueva obligación, por lo que queremos compartirles cuál es nuestro entendimiento, postura y recomendación al respecto:

Desde nuestro punto de vista, las actividades que consisten en la prestación de servicios basados en la especialización, bajo su dirección, supervisión y en donde sus colaboradores solo se encuentran a disposición de ustedes y no de sus clientes, NO se ubican en el supuesto de retención mencionado. Es así como nosotros interpretamos de dicha disposición que están obligados a efectuar la retención del 6% del IVA, los contribuyentes, que reciban servicios en los que se ponga a su disposición personal y obtengan el aprovechamiento de ese servicio, por ejemplo: personal de seguridad, personal de servicios de limpieza y las ya conocidas outsourcing.  

La contratación de mano de obra en la industria de la construcción sigue siendo un tema de análisis por lo que nos gustaría clarificar este punto. Por ejemplo: si una empresa que se dedica a la construcción, le solicita a uno de sus proveedores que le proporcione el servicio de cuadrillas de albañiles o colaboradores para realizar su obra, estaríamos en el supuesto de la retención, ya que el aprovechamiento de dicho servicio lo está obteniendo la empresa constructora, mientras que por otro lado, si la empresa solicita el servicio de construcción donde su proveedor se encarga de llevar a cabo el trabajo (incluyendo la mano de obra) el aprovechamiento lo está obteniendo el contratista, por lo que no estaríamos en el supuesto de la retención del 6% del IVA. En los casos donde un proveedor de la construcción preste únicamente mano de obra (servicios de personal), se deberá aplicar la retención.

Es así como la retención del 6% de este impuesto, depende de quien obtiene el aprovechamiento del trabajo realizado. No obstante, cada caso es específico y particular, por lo que te recomendamos buscar asesoría de un experto. 

Esperamos que esta información fuera de utilidad, si tienes alguna pregunta no dudes en contactarnos.

Mi Primer Contador.

Puede que te interesé RTP: ¿Qué es y cómo pagarlo?

En un mundo globalizado, cada vez es más frecuente que las empresas contraten servicios y tengan gastos en el extranjero. Estos gastos muchas veces no son aprovechados  por que se tiene la falsa creencia de que no son deducibles. Sin embargo, claro que podrían serlo siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.

A continuación te explicaremos las especificaciones que deben cumplir para que sean integrados en tu contabilidad como un gasto deducible.

¿Qué es un invoice?

Formalmente conocido como Commercial Invoice, es el término en inglés que se le da a las facturas, recibos, tickets o comprobantes de gastos emitidos por una empresa extranjera y se considera un documento oficial de pago. Dentro de los Invoice más comunes se encuentran los pagos por publicidad en paginas como Facebook o Google, compra de dominios o licencias  para páginas web y aplicaciones.

¿Qué deben de tener los invoice (tickets o recibos) de gastos en el extranjero para que sean deducibles?

Los requisitos indispensable que deberán tener son los siguientes

-Nombre comercial o razón social del proveedor.

 -Domicilio.

-Lugar y fecha de expedición.

– RFC, nombre o razón social del receptor (en este caso el contribuyente mexicano).

-Cantidad, unidad de medida y descripción del servicio o producto.

-Precio unitario en número e importe total en número o letra.

-Tratándose de ventas o rentas de un bien que genere alguna retención de impuestos por parte del proveedor extranjero, deberá adjuntarse el documento en donde se señalen. 

Como nota adicional, recuerda que estos gastos de igual manera deberán cumplir con todas las características señaladas en el  Artículo 27  de la Ley del ISR (Gastos que sean estrictamente indispensables para la generación de ingresos). 

-Número de Identificación fiscal del extranjero o su equivalente (en caso de contar con el).

¿Qué beneficios se obtienen al poder hacer deducibles estos gastos ?

Al igual que todas las demás deducciones autorizadas, estos gastos al validarse y efectuarse de manera correcta, podrán utilizarse para reducir las Utilidades Fiscales, lo que por consecuencia disminuirá tu cálculo de impuestos.

¿Cómo debo hacer estos gastos?

Uno de los requisitos primordiales a cumplir de estos gastos, es que deben de respetar los límites permitidos por la autoridad para el uso de efectivo si eres persona física con actividad y si eres persona moral o empresarial/profesional, podrás hacer gastos en efectivo por un monto máximo de $2,000 pesos o su equivalente en cualquier otra moneda. En caso de ser un RIF (Régimen de Incorporación Fiscal), tu límite será de $5,000 pesos o de igual manera su equivalente. Todos los gastos que superen estos límites, recuerda que deberás hacerlos con transferencia electrónica, tarjetas de débito/crédito y/o monederos electrónicos.

Si deseas saber más sobre deducciones en el extranjero recuerda que nuestro equipo siempre estará disponible para explicarte y resolver cualquier duda que puedas tener. 

Pregúntanos, podemos ayudarte!

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