Finalmente se viene la declaración anual, y como tus contas de confianza, pero también gente moderrrna (léase con “r” gringa), sabemos que hay mucha gente entrándole al tema de los activos virtuales, o sea las criptomonedas; pero también que existe mucha incertidumbre alrededor, por ser algo nuevo.

Si es que ésta es tu situación, este artículo te hará un súper paro para entender cómo funcionan las criptomonedas, si debes declarar tus ingresos por éstas y qué tratamiento debes darles.

Empecemos por el principio (pos sí, ¿verdad?), ¿qué onda con las criptomonedas? Últimamente lo escuchamos demasiado: sabemos que es una forma de pagar virtualmente; pero que no lo veamos literal en nuestras manos no significa que no cuente y mucho menos que no grave impuestos… así que si pensabas que eran como las monedas virtuales de los videojuegos, o como los billetitos de Monopoly (juego que desata más peleas que el terreno de la abuelita en Navidad), lo primero que tenemos que hacer es aclarar la situación: es decir, si te puedes comprar cosas con ellas teniendo el mismo efecto que el papel moneda, lo lógico es que tenga las mismas exigencias y obligaciones.

Las criptomonedas son consideradas un método de pago, y a pesar de que en nuestro país no se encuentren del todo reguladas, esto no las exenta de que tengas que pagar impuestos por ellas (ush, ya nos habíamos ilusionado ¿Por qué no imprimen más criptomonedas y ya?).

¿De dónde tanto boom?

Ya sabes que aquí te hablamos sin temor al éxito, así que te vamos a chismear cuáles son los beneficios y por qué tanta gente las anda usando. Lo primero es que no son rastreables, por ello ninguno de tus datos se ve implicado en su uso; no existen las comisiones cuando hablamos de transferencias, sin importar el país o la cantidad; no dependes de temas bancarios como horarios y esas cuestiones enfadosas; son una gran herramienta de inversión, ya que pueden darte altos rendimientos -aunque debes considerar esto como un arma de doble filo, por la volatilidad. Como diría Chabelo: mucho ojo-.

¿Y cómo pago estos impuestos?

Okay, aquí lo importante es que si ya las usas, o planeas hacerlo, debes declarar el ingreso resultante de éstas ante el SAT; pero ¿en qué régimen hacerlo? Si bien no existe algo específicamente asignado, lo correcto es hacerlo bajo la figura de enajenación de bienes, de la forma en que señala el artículo 126, párrafos 4 y 5 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, y se hace de la siguiente manera:

Se aplica la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, y lo que resulte de esto es el pago provisional de ISR que retendrá el adquiriente, siempre y cuando éste sea residente mexicano, o bien, sea extranjero con residencia permanente en el país; toma en cuenta que, de no ser así, tendrás la obligación de presentar tu declaración dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la operación y hacer tu pago del 20% de ISR correspondiente.

En cuanto a expedir CFDI al vender criptomonedas, nadie se salva: por ley, hacerlo es obligatorio.

Así que ya te la sabes y no hay pretextos, aunque tus ingresos se mantengan en lo virtual, es dinero que ya tienes y cuenta como una ganancia, por eso mismo aun así debes declararlo y pagar el respectivo impuesto.

Si tienes más dudas de éste u otros temas, no dudes en contactarnos, estamos al alcance de un WhatsApp (por moderrrnos, pero también nos puedes mandar mail).

Resulta que un buen día desbloqueaste un logro de la vida adulta: obtuviste tu FIEL; y cuando te sentías el más poderoso y conocedor del mundo fiscal y contable, tan sólo cuatro añitos después, tu e.Firma -como también se le conoce-, vence.

¿Tanto show para terminar así? *Cries in adulto*. No sufras, para eso nos pintamos solos: si éste es tu caso, o lo será próximamente, ¡aquí te explicamos qué tienes que hacer para renovarla!

Antes que todo, recordemos por qué es tan pero tan importante tenerla; es una herramienta para comprobar tu identidad digitalmente ante el SAT. Como ya te imaginarás por su otro nombre, e.Firma, funciona para firmar y cerrar tus trámites, consultas y demás servicios dentro de la plataforma de manera rápida, segura y fácil. Hasta dan ganas de tenerla, ¿verdad? Es importante resaltar que su vigencia es de cuatro años, por lo que una vez cumplido este plazo debes renovar tu certificado o, de lo contrario, éste caduca y deja de ser útil para cualquier función en la plataforma.

La FIEL se compone de dos archivos:

  1. Un certificado que es como tu tarjeta de identidad y contiene información como tu nombre y RFC. Pa’ que lo ubiques, es un archivo terminado en “.Cer”.
  • Una llave privada que está protegida por una contraseña y asegura que sólo tú puedes usar tu FIEL para firmar. Con esta llave firmas electrónicamente. Ésta es un archivo que termina en “.key”.

Después de esta información que cura, vámonos a lo fuerte. Para este proceso de renovación tu FIEL debe estar vencida, pero tampoco te pases, ¿eh? No debe tener más de un año así.

¡Manos a la obra! Antes de iniciar necesitas tener a la mano tu INE -o IFE para la old school– escaneada, ya que deberás cargar este documento. Además, necesitas un correo electrónico, y es indispensable que el dispositivo desde el que haces el trámite pueda grabar video, ya que en uno de los pasos tendrás que grabar un pequeño video menor a diez segundos. No te preocupes, no te van a subir a Tiktok, es para identificarte -pero estaría padre, ¿no?-.

  1. Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Chat o mensaje de texto

Descripción generada automáticamenteIngresa al portal https://satid.sat.gob.mx/, selecciona la opción “Renovación de e.Firma”:

Con esto, te aparecerán los pasos a seguir para completar tu trámite, sólo debes picarle al botón “Comenzar” y luego aceptar los términos y condiciones:

  • Ingresa tu RFC y correo electrónico personal -el celular como medio de contacto es opcional-
  • Carga el archivo con tu INE/IFE escaneada.
  • Graba un pequeño video iniciando la grabación, leyendo la frase que te aparecerá en pantalla y, finalmente, firmando la solicitud.

Listo, primer paso: completo Badge Tick1 con relleno sólido.

Ahora, dentro de un lapso de 5 a 10 días hábiles, el SAT te enviará un correo de confirmación, con especificaciones para continuar con tu trámite indicando los pasos siguientes.

2. Una vez recibido el correo, puedes iniciar con la renovación, para lo cual es necesario descargar el programa “Certifica”: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/certifica/ -por lo general, la opción de 32 bits es la más común-. Debes instalar este programa en tu equipo y ejecutar.

Ahora abre el programa y selecciona la opción “Requerimiento de Renovación de Firma Electrónica” y sigue los pasos:

  • Ingresa tu RFC y correo electrónico personal.
  • Establece la contraseña de tu nueva FIEL.
  • Guarda los archivos de la solicitud.

Esto te arrojará un archivo con terminación “.key” y otro con terminación “.Req”, mismo que servirá para el último paso del proceso -¡yey!, ya estás cerquita de lograrlo-.

3. Para este último paso debes ingresar al link https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/certisat/; para acceder tienes que usar tu certificado vencido. Ya que estés dentro de la aplicación, selecciona la opción “Renovación del certificado con SAT ID”:

  • Ahora debes cargar tu archivo con terminación “.Req” (el que generaste en el paso 2). 
  • Envía el requerimiento. Al hacerlo, te recomendamos descargar el acuse de envío de la solicitud, mismo que te arrojará de forma inmediata.

¡Con esto obtienes tu certificado renovado!

Para descargarlo, regresa al mismo link (https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/certisat/) y selecciona la opción “Recuperación de Certificados”. Cuando hayas ingresado, confirma tu RFC para poder ver tus certificados tanto vigentes como caducos.

Ahora sí, selecciona el certificado que coincida con la fecha de tu trámite (este mero que acabas de hacer) y descarga el archivo con terminación “.Cer”.

Finalmente, sólo espera un periodo de entre 24 y 72 horas y ¡voila! -o “vualá” como decimos en México-: ¡ya puedes utilizar tu nuevo certificado!

No olvides que estos archivos y datos son completamente confidenciales, por lo que te aconsejamos tener toda esta información en una misma carpeta y, obviamente, crear un respaldo.

Con tu FIEL renovada podrás hacer uso de toditas las herramientas, trámites y servicios que la plataforma del SAT pone a tu -y nuestra- disposición. Estarás imparable *ovación de pie*. Recuerda que si tienes más dudas sobre este complejo mundo adulto que es el SAT, o todo lo que gira alrededor de él, podemos ayudarte, ¡contáctanos!

Mi Primer Contador

Qué bonito es ver crecer tu negocio como resultado del esfuerzo que le ponen tú y tus colaboradores día con día, hasta llegar al punto en el que, de repente, uno de tus clientes te hace la pregunta del millón: “¿me puedes facturar?”. ¡Qué nervios!

Pero si hablamos de la primera vez que escuchaste estas mágicas palabras en tu empresa -o mejor aún, te estás preparando para cuando suceda-, seguro que aún tienes un buen de dudas dándote vueltas por la cabeza; que esto no te robe el sueño, porque para eso te dejamos aquí tu acordeón: te pasamos la lista de información que necesitas solicitarle a tu cliente para poder generarle su factura.

Lo primero es olvidarte de pedirle la dirección y el código postal, eso ya no es necesario. Ya no estamos en la época de las cavernas, somos gente evolucionada 😉.

Lo segundo es saber que lo único que tienes que solicitarle a tu cliente son los siguientes datos -NTP, estamos juntos en esto, aquí te explicamos qué significa cada uno-:

  1. RFC (Registro Federal de Contribuyentes): éste es primordial, pues se trata de la clave para identificar a personas Físicas y Morales que practican alguna actividad económica en México, y debe ser de la siguiente manera:
    • Personas Físicas: 13 CARACTERES.
    • Personas Morales: 12 CARACTERES.
    • Público General clientes Nacionales: XAXX010101000
    • Público General clientes Extranjeros: XEXX010101000

2.Razón Social: es el nombre o denominación oficial de la empresa a la que le vas a facturar, y permite identificarla de manera inequívoca.

3. Uso de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet): sirve para indicar qué uso le dará al comprobante fiscal el receptor de ésta -o sea, tu cliente-. Existen varios tipos de Uso de CFDI, pero los más comunes, y seguramente los que te servirán, son Gastos en General y Adquisición de Mercancías. Sea o no el caso, igual aquí te van unos tips para que identifiques cuál es el que debes emplear:

  • Si es un servicio lo que estás facturando à Gastos en General.
  • Si es un producto:
    • Si a quien le facturas es el consumidor final à Gastos en General.
    • Si a quien le facturas va a revender tu producto à Adquisición de Mercancías.
  • Si es una venta para un cliente extranjero à Por Definir.

4. Método de Pago: define si te pagan o pagarán la factura en 1 o más parcialidades:

  • PUE (Pago en Una Exhibición) à Cuando ya te pagaron el producto o servicio que vas a facturar, o te lo van a pagar en cuanto emitas el comprobante.
  • PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) à Se utiliza en los siguientes escenarios:
    • Si no sabes cuándo te van a pagar.
    • Si el pago de la factura se hará en 2 o más parcialidades.
    • Si vas a dar crédito y el pago lo realizarán en un mes distinto a aquel en que se emite la factura.

5. Forma de Pago: aquí, como ya te imaginarás, especificas cómo se te pagó la factura; puede ser en efectivo, tarjeta de débito, de crédito, transferencia bancaria, etc.

Y… es todo lo que necesitas. ¿Ves qué simple? Entonces, ya que tengas bien identificados todos estos datos, ahora sí, a facturar tus productos o servicios se ha dicho.

Pero ojo, hay otro aspecto importantísimo que tienes que conocer: existe un catálogo por parte del SAT que asigna claves a todos los productos y servicios facturables. Por ello, debes determinar muy bien qué es lo que vas a facturar, para así poder identificar la clave correspondiente. Aquí te dejamos el link del catálogo:

http://pys.sat.gob.mx/PyS/catPyS.aspx

Ahora sí, que tu negocio siga creciendo sin detenerte por ningún motivo, y mucho menos por uno tan sencillo como lo es emitir una factura, o cualquier otro en el que podamos asesorarte. Si tienes alguna duda, consulta a tu contador o pregúntanos, ¡estamos para ayudarte a romperla!

Mi Primer Contador

Hoy en día somos cada vez más los que queremos entrarle al tema del emprendimiento. Pero ser la cabeza de una empresa implica, con el tiempo, integrar y conformar un equipo, y es ahí donde en ocasiones dejamos de lado aspectos ultra importantes, como tener una buena cultura organizacional. Si aún no sabes muy bien de qué te hablamos, ¡necesitas leer esto urgentemente!

Para irnos paso a pasito, es importante aclarar, ¿qué es la cultura organizacional?, ¿cómo se define?, y ¿cómo es la cultura organizacional de tu empresa? Tranqui que aquí somos expertos y nos fascina este tema. Te respondemos todo esto con lujo de detalles.

Iniciemos con que la cultura organizacional consiste en extraer el núcleo de la empresa; en otras palabras, la psicología de la organización… Ni idea aún ¿verdad? ¡No te preocupes! Ahí te va la versión desmenuzada: comienza desde los valores que rigen a tu empresa, su filosofía, visión, misión, hasta las cuestiones más cotidianas de la forma de trabajo como las relaciones entre los miembros de tu equipo, sus opiniones, el feedforward (no feedback, aquí nomás miramos para adelante) tanto hacia los compañeros como hacia la misma empresa.

El definir la cultura empresarial implica tomar en cuenta varios factores y al mismo tiempo tener la capacidad de unificarlos para poder ver el panorama completo.

Y tú, ¿sabes cómo es la cultura organizacional de tu empresa? Por si aún no la has identificado, te damos algunos tips para que puedas ir trabajando en ello:

  1. Filosofía: en este punto, debes preguntarte, ¿cuál es el sentido de tu empresa?, ¿cuál es el impacto que buscas más allá de las paredes que envuelven el espacio de trabajo?, o por decirlo más poético, ¿cuál es su esencia? ¡Importantísimo! Si aún no tienes clara esta idea, puede que tus objetivos no se encuentren del todo definidos. Aguas, ¡porque esto puede desviar el crecimiento del equipo y de la empresa como tal!
  • Valores: y no hablamos únicamente de los de la empresa. Aquí cuestiónate, ¿con qué valores debe contar la gente que forma parte de tu equipo?, ¿qué valores te representan?, ¿cuáles son los que quiero transmitir a mis clientes?, ¿qué valores les unen a quienes ahí colaboran?
  • Creencias: aquí no hablamos de un tema religioso, ojo. Pese a que suelen ser algo positivo, todo debe tener un balance cuando tratas con personas que no comparten las tuyas, o de lo contrario pueden limitar o entorpecer tu proceso de crecimiento y aprendizaje. Recuerda que como el gran líder que sabemos que eres, debes tener apertura a escuchar posturas diferentes y saber negociar con la contraparte. Entonces, ¿cómo transmites tus creencias?, ¿en qué cree tu equipo?
  • ADN: así como en los seres humanos se trata de la información que define, en las empresas es la información que deseas (o más bien, necesitas) que todos tengan; es decir, esas características, cualidades e ideales con que deben contar tus colaboradores. ¿Qué es indispensable que cada miembro del equipo tenga, en cuanto a esto?
  • Lo que les mueve: ¡aquí viene lo bueno! ¿Qué te mueve? Hablamos de aquello que te hace despertarte día con día para querer dar lo mejor de ti aun cuando la cosa se pone complicada.

Estos cinco puntos sin duda serán un parteaguas para comenzar a poner sobre la mesa y analizar cuál es la cultura organizacional de tu empresa, y si descubres que hay algo que restructurar, ¡¡adelante!!, no dudes en hacerlo, pues no sólo se trata de que suena muy bonito, sino que te permitirá, entre otras cosas, tener metas y objetivos conjuntos bien definidos, contar con una visión clara de hacia dónde quieres llegar y qué acciones tienes que implementar para lograrlo, al igual que eficientizar los procesos internos y tener una comunicación asertiva y eficaz entre todos los integrantes. En otras palabras, que todos jalen pa’l mismo lado, motivados, conscientes y comprometidos con la causa.

Para nada subestimes estas acciones. Por si fuera poco, te permitirán tener mayor fluidez al momento de comunicar las actividades de cada persona del equipo, así como impulsar la colaboración y el apoyo ante dudas y nuevos retos que se puedan presentar.

Lo que te queremos decir, como gente que emprendió y ahora expertos en estos temas, es: ¡no tengas miedo de cambiar para bien! Voltea a ver toda tu estructura; a veces las mejoras comienzan moviendo los ladrillos más grandes, sin importar que se puedan caer.

Ahora ya no hay pretextos para echar a andar tu empresa con una cultura organizacional de diez y gozar de todos los beneficios que esto implica. ¡Si te quedan más dudas contáctanos y nosotros te asesoramos!

Mi Primer Contador

¿Alguna vez has escuchado del Ikigai? Esta palabra medio rara, medio otaku, es el factor que puede estar haciéndote falta para darle un rumbo más concreto a tus planes de vida, sentirte motivado y alcanzar tus metas lo cual se verá reflejado automáticamente en cómo manejas tus proyectos, negocios o empresas, en caso de tener o desear tener una (o varias).

Esto es como cuando viajas en avión y te indican qué hacer en caso de necesitar la máscara de oxígeno: primero debes ayudarte a ti mismo, para poder ayudar a los demás. Así que vamos por partes…

¿Qué es el Ikigai? Aquí te ponemos en contexto: este concepto proviene de la cultura japonesa, ésa que todos admiramos por su organización y éxito, ¿verdad que sí? Bueno, esto se puede traducir como “razón de ser” y se relaciona con una motivación, con tener un objetivo clarísimo. Para que nos entiendas, es ese motivo por el cual levantarte cada mañana (o tarde, no juzgamos las horas de sueño). Viene de las ganas de vivir de la gente nipona; en este país las personas viven más años que el promedio, así que no tenemos dudas de que su método funciona, pues el Ikigai es justo uno de los factores que les alientan a querer vivir más.

El punto es identificar en qué eres un crack, qué amas hacer realmente, cómo todo esto se acopla con lo que el mundo necesita y, obvio, cómo puedes generar ingresos con ello. Si ahora estás pensando “no lo sé, Rick, parece muy complicado combinar todo esto”, donde aquello que amas hacer y en lo que eres bueno es algo útil para la sociedad, y además te da dinero, lo sabemos, tal vez suena incluso utópico, pero te juramos que es posible encontrarlo. Además, imagínate el sentimiento de triunfador que te vas a cargar: ¡tu autoestima crece, pues le encuentras una justificación a tu existencia! Nos encanta esta parte.

Por el contrario, ¿te ha pasado que tu panorama se nubla y no tienes muy (o nada) claro qué quieres hacer de tu vida?, esto suele ocurrir cuando tus acciones no se alinean con tu razón de ser. Pero recuerda que aún hay mucho camino por recorrer, estás a tiempo de redireccionar y unificar tu vida con tu carrera profesional… acuérdate que los 40’s son los nuevos 30’s, éstos son los nuevos 20’s, y así (¡y no lo decimos nomás para echarte porras!).

Para esto, te dejamos unas preguntas que te pueden ayudar en esta misión, lanzando una mirada al presente, pasado y futuro:

  1. ¿Qué actividades te gusta realizar?: Ya sea llevándolas a cabo con mucha o poca gente, en equipo o solo; también toma en cuenta sobre qué temática (tipo tecnología, sociales, política, deportes, etcétera).
  2. ¿Qué disfrutabas hacer en tu infancia?: Ésta nos permite voltear a ver a cuando éramos pequeños, para recordar pasiones que teníamos ocultas y ni sabíamos, como las artes, el liderazgo, los números, y tal.
  3. ¿Qué quiero hacer en mi futuro?: Por último hay que ser súper sinceros con nosotros mismos quitándonos prejuicios y culpas del pasado, empezando a considerar lo que hemos vivido como aprendizajes y situaciones que nos trajeron hasta aquí. No importa si cambiamos el camino, el chiste es por fin encaminarnos a donde realmente nos vemos el día de mañana.

A pesar de ser el mismo concepto, es impresionante cómo el Ikigai es tan diferente para cada persona, adoptando un significado y valor totalmente distinto. Utilizarlo como filosofía de vida te llevará a sentirte motivado y a ver la vida con otros ojos; pero aplicarlo también como filosofía dentro de tu empresa, te permitirá conocer e impulsar las pasiones, motivaciones y sueños de tus colaboradores.

Afortunadamente muchas cosas han cambiado en las relaciones jerárquicas dentro de las empresas. ¿Ubicas la dualidad jefe-líder? Entonces sé un líder, impulsa a tus colaboradores a lograr sus metas, ¡te prometemos que tendrás gente más motivada, feliz y productiva, lo cual se reflejará en el ambiente interno y se proyectará hacia afuera!

Si bien la finalidad del Ikigai no es la felicidad como tal, ten por seguro que es una consecuencia inmediata. Ahora sí, ¿estás listo para encontrar tu Ikigai?

Si tienes más dudas sobre motivación para concretar tu proyecto, ya sea personal o de tus colaboradores, contáctanos. Con gusto te apoyamos.

Mi Primer Contador

Si tu negocio involucra la prestación de algún servicio o realización de alguna obra, para la cual requieras que tus colaboradores sean puestos al servicio de aquella persona que te está contratando, esta información es para ti. Pueden llegar a surgir dudas en relación con las regulaciones que giran en torno a que emplees a tus colaboradores al servicio de alguien más, por ello, aquí te planteamos un punto esencial que no debes perder de vista.

Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de su página para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), indica que deberás registrarte en este Padrón si eres una persona física o moral que presta servicios o ejecuta obras especializadas, y que para la realización de estas obras o servicios especializados pone trabajadores propios a disposición del contratante.

En esta misma página se presenta un cuestionario con preguntas frecuentes. Aquí te exponemos las que consideramos podrían sobresalir, a fin de ayudarte a tener mayor claridad:

  1. ¿Quién tiene la obligación de registrase en el Padrón?

Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o realicen obras especializadas y que deseen proveer a un tercero (contratante) dichos servicios u obras especializadas y para ello pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

2. Si soy un prestador de servicios u obras especializadas y para dar mis servicios a un tercero no pongo a mis trabajadores a disposición del contratante, ¿Debo registrarme?

No, el registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas.

Una vez mencionado lo anterior, para evitar la ambigüedad, es indispensable esclarecer a qué nos referimos con “poner trabajadores propios a disposición del contratante”. Desde nuestro punto de vista, NO se ubica en este supuesto cuando se trata de actividades que consisten en la prestación de servicios basados en la especialización, en los cuales la dirección y supervisión, al igual que los colaboradores, sólo se encuentran a disposición tuya.

Por el contrario, los contribuyentes que reciban servicios en los que se ponga a su disposición personal, por ejemplo: personal de seguridad, personal de servicios de limpieza, cuadrillas de albañiles, etc. caen en este supuesto y deben hacer su registro en el Padrón.

Esperamos esta información te sirva para aplicar a tu negocio. Recuerda que estamos para ayudarte, así que si tienes alguna duda con éste o cualquier otro tema relacionado, ¡contáctanos!

Mi Primer Contador


En el mundo laboral hemos escuchado muchas veces el término “Sociedad”, las famosas S.A. de C.V., S. de R.L., S.C., por mencionar algunas, y seguramente en más de alguna ocasión nos ha tocado involucrarnos con alguna de estas o llevar a cabo alguna actividad en donde se vean involucradas.

Seguramente has tenido en tus manos ese documento que suele ser algo extenso, que se caracteriza por tener sellos con el nombre de alguna Notaría Pública, y que cuando queremos entender su contenido nos parece estar leyendo en otro idioma que no conocemos y esto nos hace que perdamos el interés de continuar leyendo hasta lograr entenderlo. A este documento se le conoce como “Acta Constitutiva”.Ahora bien, te gustaría saber

¿Qué es un Acta Constitutiva?

En tus palabras, te decimos que es el documento en donde un Notario Público consta el nacimiento de tu empresa y en el cual se detallan quiénes son los socios, a qué se dedica la empresa, quién es el representante legal, qué porcentaje de la sociedad tiene cada socio y finalmente cuál es el valor de la empresa.

Si quisiéramos adentrarnos a entender qué contiene a detalle el Acta Constitutiva, podemos apoyarnos de la Ley de Sociedades Mercantiles, o bien, del Código Civil Federal, dependiendo si se trata de una sociedad mercantil (S.A. de C.V., S. de R.L.) o de una sociedad civil (S.C., A.C.).

A continuación, te compartimos los puntos que consideramos más importantes y encontrarás en tu Acta Constitutiva:

  • El nombre de la sociedad, que siempre vendrá acompañado de su tipo de empresa (régimen), por ejemplo: “Grupo de Occidente”, S.A. de C.V.
  • Nacionalidad y domicilio. Las sociedades que se constituyen ante Notario Público en México son consideradas sociedades de nacionalidad mexicana, y podrán establecer su domicilio en cualquier parte de la República Mexicana o del extranjero.
  • El objeto de la sociedad se refiere a la descripción de las actividades principales a las que se dedica la empresa, así como aquellas que desarrollarán en un futuro, por ejemplo: Servicios de Comercialización, Servicios de Construcción, Desarrollo de Aplicaciones Móviles, Servicios Turísticos, entre otros.
  • La duración habla de la vigencia de la sociedad, en la mayoría de las ocasiones se constituyen por tiempo indefinido o con una vigencia de 99 años.
  • El importe del capital social menciona la cantidad de dinero o de bienes (como autos, casas, bodegas) que los socios aportan a la empresa con la finalidad de llevar a cabo la actividad para la que fue creada.
  • Porcentaje de los socios dentro de la sociedad. Especifica la proporción que cada socio aportó al capital, y nos permite definir quiénes son los socios mayoritarios o minoritarios en la empresa.
  • La administración de la sociedad y los poderes de quienes la administran. Este podría ser uno de los puntos de mayor interés cuando queremos conocer quién o quiénes pueden tener la representación de la sociedad (representante legal), es decir, quien o quienes representarán y actuarán en nombre de la sociedad ante terceros.
  • La forma en que se hará el reparto de las utilidades entre los socios, la podremos encontrar de igual forma en el contenido del acta constitutiva.
  • Si quisiéramos saber de qué manera podríamos terminar (disolver) anticipadamente la sociedad y no precisamente esperar los 99 años de su vigencia, dentro del contenido del acta constitutiva podremos conocer el procedimiento para cerrar la empresa.
  • Y finalmente, dentro del contenido del acta encontraremos la información básica y personal que cada uno de los socios compartió al Notario Público el día que firmaron el nacimiento de su empresa, esto es: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombres completos, lugar de nacimiento, domicilios particulares y Clave Única de Registro de Población (CURP).

Los socios de una empresa pueden establecer de manera libre estas reglas y aquellas cláusulas especiales que necesiten para el cumplimiento de sus objetivos, necesidades y aspiraciones siempre y cuando no sean contrario a la ley.

Esperamos que esta información haya sido de tu ayuda para entender el contenido de tu acta constitutiva y puedas resolver todas tus dudas.

Mi Primer Contador

A lo largo de los más de 10 años de experiencia que tenemos (si acabamos de cumplir 10 años como empresa y estamos muy contentos) nos hemos dado cuenta y hemos podido validar en primer lugar, que la pasión es lo más importante para poder lograr plenitud en cualquier trabajo o proyecto.

Y, en segundo lugar, ¡que en la contabilidad no es la excepción! Pero, ¿qué tiene que ver esto? Si tu como emprendedor, empresario o profesionista estás buscando al mejor contador para ti, que te ayude con total disposición, te apoyé con tus temas contables y fiscales, y no logras definir cuál es la mejor opción, ¡quédate con quien te trasmita pasión por lo que hace! Gusto y amor al arte de manera natural y transparente.

Definitivamente son muchas las cualidades que el mejor contador debe tener. Debe tener bastante conocimiento, claro, debe conocer el SAT y cómo funcionan perfectamente bien las leyes, por supuesto, debe entender los impuestos y en qué casos aplican cuáles, es una necesidad, pero sobre todo debe poder explicarte en tus palabras y en tu contexto cómo funciona tus números, tú contabilidad, qué escenarios tienes y cuáles son los mejores caminos acorde a tus objetivos y necesidades. ¿Y sabes quién logra esto? Así es, el contador apasionado por lo que hace.

Así que si a partir de ahora, estás en búsqueda de un contador no sólo que haga tu contabilidad, sino que te resuelva, te planteé opciones, te explique (y por supuesto, le entiendas), sume en las decisiones de tu negocio y se vuelva tu aliado en el crecimiento y proyección de tu proyecto o empresa, al tiempo que te atiende con total cordialidad y amabilidad en cada interacción con él, ya tienes la clave. Busca a ese contador que te refleje y te transmita a cada momento total seguridad y confianza de que lo que está haciendo es lo que más le gusta en la vida. ¡Y si tienes dudas, pregúntale! Es importantísimo que estés seguro qué disfruta y se sienta realizado con lo que hace. Porque si eso vive y eso transmite, puedes tener la seguridad que hará todo lo que esté en sus manos para siempre ayudarte.

Pregúntanos, nos sentimos muy felices y listos para ayudarte!

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Cada vez son más frecuentes las empresas e instituciones que dan la posibilidad de realizar trámites desde su página web o incluso con nuestros dispositivos móviles. En específico, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no se queda atrás y ha puesto a nuestra disposición una herramienta práctica y sencilla que nos permite consultar nuestro Número de Seguridad Social, o si fuera el caso, generarlo por primera vez. Te explicamos a continuación cómo funciona:

La primera de las opciones con las que contamos para consultar nuestro número es el portal del IMSS http://www.imss.gob.mx/imssdigital.  Una vez que hayas ingresado, deberás buscar el apartado “Número de seguridad social” e ingresar tu CURP (https://www.gob.mx/curp/), un correo electrónico que nunca haya sido utilizado para otro Número de Seguro Social y listo, recibirás un correo de confirmación con el cual podrás descargar tu Número de Seguridad Social. Si en el futuro necesitas consultar nuevamente tu NSS y ya no cuentas con tu correo de registro, puedes usar cualquier otro correo, siempre y cuando no haya sido utilizado con anterioridad, de lo contrario el portal nos alertará con la leyenda: “El correo electrónico que capturó ya se encuentra registrado en el Instituto relacionado a una CURP distinta a la capturada.”.  Es decir, si solo tengo un correo tendré que utilizar uno nuevo para volver a consultar tu NSS ¿Qué hago si el sistema no me ha asignado un número de seguridad social?

Si ya intentase los pasos anteriores y no obtuviste resultado, el sistema por sí mismo abrirá un formulario muy sencillo donde entre otras cosas, deberás ingresar tu domicilio para entonces sí recibir tu Número de Seguridad Social, mismo que utilizarás de forma permanente a lo largo de tu vida laboral.

Siempre a la mano: IMSS DIGITAL 

Una segunda opción para realizar este trámite y que poco a poco va tomando mayor popularidad, es la APP oficial “IMSS DIGITAL”, la cual no exige mucha capacidad de memoria, es bastante amigable y se encuentra disponible para sistemas operativos iOS y Android.

 ….

Una vez descargada la APP en tu celular, tendrás que buscar el apartado “Tramita”, selecciona “Obtén o consulta NSS” y al igual que en la página del IMSS, ingresa tu CURP y un correo electrónico. 

Es de suma importancia aprender a utilizar estas herramientas que tenemos a nuestra disposición, ya que son trámites de primera necesidad que frecuentemente deberás realizar, por lo que la practicidad al generarlos es fundamental.

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¿Necesitas una cita en el SAT?

Uno de los problemas que más hemos escuchado desde que inició la pandemia, ha sido la escasez de citas en el SAT, para prácticamente cualquier trámite; todos conocemos a alguien que se ha pasado días enteros buscándolas y muchos más que han tenido que parar planes u operaciones por la falta de este servicio.

Es por esto que, tras  varios meses de lidiar con este tema, hemos creado una lista de consejos para ti con el objetivo de que puedas sacar una cita en el SAT y no mueras en el intento: 

Recuerda tener toda esta información a la mano: 

1) RFC, nombre completo, correo electrónico y teléfono. Procura tener estos datos escritos en un documento en tu computadora para agilizar tú trámite solo copiando y pegando.

2) La oficina del SAT más cercana a tu domicilio o la más conveniente para ti.

3) Tener muy claro cuál es el trámite o servicio que vas a realizar.

¿Cómo es el procedimiento ?

1) Primero,  deberás entrar al portal de citas del SAT https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx y seleccionar la opción “Registrar Cita”. 

 

****Recomendamos tener una pestaña del navegador exclusivamente para la  página de la cita.****

2) Posteriormente deberás  seleccionar el estado, la oficina y el trámite o servicio que vas a realizar (inscribir tu empresa, inscribirte tú como persona física, sacar tu E-firma, modificar datos a tu RFC, etc).

****Aquí tenemos que poner mucha atención, ya que una vez elegido el trámite,  se te mostrarán los requisitos que deberás llevar a tu cita. Te recomendamos anotarlos para que no tengas ningún problema en tu trámite y evites tener que hacer todo el proceso nuevamente.****

3) Por último, ingresa el captcha que te arrojará el sistema para poder  ingresar al calendario en donde podrás elegir el día y la hora de tu cita. 

****La disponibilidad se muestra en colores, si vemos el calendario en rojo significa que no hay disponibilidad, si está amarillo significa que hay poca disponibilidad y si está azul hay mucha disponibilidad.****

Extra tips: 

a) No hay día establecido en el que se liberan las citas, pero hemos notado que en la mayoría de las ocasiones se liberan 2 o 3 días antes de la última cita liberada, es decir: si hay citas liberadas y agotadas hasta el 15 de enero, lo más probable es que se liberen entre el 12 y 13 de enero.

b) Respecto al horario en que se abren las citas, hemos visto que se liberan entre las 8:30 hrs y las 00:55 hrs, siendo alrededor de las 11:00, 18:00 y 22:00 hrs con más frecuencia.

c) Si no has podido encontrar una cita, actualiza la página cada 5 minutos o cada que puedas. No te preocupes el portal no borrará tus datos. 

d) Recuerda tener muchísima paciencia y trata de actualizar la página constantemente, ya que las pocas citas que se llegan a liberar se  terminan en cuestión de minutos.

Esperamos que estos consejos sean de mucha ayuda para ti. En caso que tengas dudas con alguna etapa del proceso, háznoslo saber. ¡Será un gusto poder ayudarte!

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